La Agencia Vasca del Agua aprobó una modificación provisional de los caudales ecológicos de la Unidad Hidrológica Oka en la Reserva de la Biosfera de Urdaibai, confirmada por Resolución de 9 de octubre de 2024 del Viceconsejero de Sostenibilidad Ambiental del Gobierno Vasco. El caudal ecológico es el caudal mínimo que debe tener un río para garantizar la vida de la fauna que lo habita, así como la vegetación del cauce y sus riberas. Esta reducción daña un espacio protegido porque toda la red fluvial del río Oka y sus afluentes (Mape y Golako) se encuentra comprendida dentro de la “Reserva de la Biosfera de Urdaibai”, única Reserva de la Biosfera de Euskadi, declarada por la UNESCO en 1984 y cuya protección se rige por la Ley 5/1989, de Protección y Ordenación de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.
La normativa que permite la reducción de los caudales mínimos en casos de sequía declarada, no es aplicable a los ríos incluidos en espacios RAMSAR (Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional), como es el caso, ya que se considera prioritario el mantenimiento del régimen de caudales ecológicos. La reducción de caudales ecológicos es generalizada en los 3 ríos (Oka, Mape y Galako) y en todos los tramos de su curso (aguas altas, medias y bajas), alcanzando en algunos casos hasta el 60% de los valores actuales.
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Junio de 2025.